Foro interactivo y FAQ
Crea preguntas, sigue debates y consulta respuestas oficiales por categoría.
Temas del foro
Preguntas frecuentes
Contrato colectivo vigente ¿desde cuándo recibo los beneficios del contrato colectivo?
Desde que tengas contrato indefinido o 6 meses de antigüedad en la empresa (Título X). Si ya cumples una de esas condiciones al afiliarte, tienes derecho a todos los beneficios.
Contrato colectivo vigente Si estoy con licencia médica, ¿qué pasa con mi cuota sindical?
La empresa paga igual tu cuota al Sindicato mientras estés con licencia y después te la descuenta en la liquidación. Si la quieres pagar directamente, debes hacerlo antes del dia 20 de cada mes, para que asi el sindicato informe a la empresa que no debe efectuar el pago.
Contrato colectivo vigente ¿Cómo se paga la gratificación?
Cada mes, junto con tu liquidación. El contrato garantiza una gratificación anual de 4,75 ingresos mínimos mensuales, según el artículo 50 del Código del Trabajo. debes multipliar el sueldo minimo vigente x 4,75 luego el resultado lo divides en 12 y ese es el monto de la gratificación.
Contrato colectivo vigente ¿Cómo calculo el valor de mi hora extra?
La hora extra se paga con un recargo de 50% sobre tu hora ordinaria. Para calcularla: 1. Suma tu sueldo base y tus haberes fijos remuneracionales (no se incluyen la movilización ni la gratificación). 2. Divide esa suma por 30 y multiplícala por 28. 3. Divide el resultado por las horas de tu jornada mensual (168 si tu jornada es de 42 horas semanales). Ese es el valor de tu hora ordinaria. 4. Multiplica la hora ordinaria por 1,5. Ese es el valor de tu hora extra. La misma regla se aplica a los refuerzos y reemplazos.
Contrato colectivo vigente ¿Qué recibo si trabajo un día festivo?
Depende de si el festivo es parte de tu turno o es un turno adicional, aunque el festivo caiga en domingo: • Festivo dentro de tu jornada habitual: por cada hora trabajada recibes, además de tu sueldo, el pago de una hora extra. • Reemplazo o refuerzo en festivo, adicional a tu jornada: cada hora se paga como hora ordinaria más hora extra, es decir, 2,5 veces tu hora ordinaria. • Turno de noche del 24 y del 31 de diciembre: se considera jornada completa de festivo, contando desde las 20:00 horas.
Contrato colectivo vigente ¿Hay un bono especial por trabajar en Navidad, Año Nuevo o el 1 de mayo?
Sí. Quienes trabajan el turno de noche (que empieza desde las 20:00) del 24 y del 31 de diciembre, o el turno de día (que empieza desde las 07:00) del 1 de mayo, reciben un bono de 0,5 UF, además del pago del festivo.
